divendres, 15 de setembre del 2017

AVUI SE CELEBRA EL JUDICI AL VICEPRESIDENT DE DEMOCRACIA NACIONAL, PEDRO CHAPARRO, PER AMENACES AL FOTOPERIODISTA JORDI BORRÀS


Avui divendres a les 10 del matí, se celebrarà al Jutjat penal 26 de la Ciutat de la Justícia el judici al vicepresident de Democracia Nacional, Pedro Chaparro, per  declaracions que va fer el 12 d'octubre de 2015 a Montjuïc, demanant des de la tribuna que si algú veia al fotògraf, Jordi Borràs, li donés "un capón" (un cop) per que marxés. El judici s'havia d'haver celebrat el 19 de maig, però es va suspendre. També serà jutjat Jorge del Valle, cap de seguretat de Democracia Nacional.  Pedro Chaparro està ara pendent d'entrar a presó per la condemna de 4 anys de presó imposada pel tribunal Suprem per l'atac o irrupció violenta de Blanquerna.
Els fets que es jutgen demà es van produir durant la manifestació ultra de Montjuïc amb motiu del 12 d'octubre de 2015, dia que es van fer diversos twits contra ell i altres periodistes i en començar la marxa, a la Plaça Espanya- Passeig de Maria Cristina, Pedro Chaparro i Jorge del Valle,  megàfon en mà van fer crits contra Borràs, que van ser repetits per molts dels manifestants senayalant-lo, cosa que va motivar que no es quedés a l'acte posterior que es va fer a la Plaça Sant Jordi. Una estona més tard, a l'acte de la Plaça Sant Jordi, Chaparro, des de la tribuna, va dir que si algú es trobava o veia a la "rata" de Jordi Borràs, li donés un cop o "capón" per tal que marxés. 
El Fiscal demana per Pedro Chaparro i Jorge del Valle 3 anys de presó per coaccions, inhabilitació per ser elegit en unes eleccions, cinc anys d'allunyament respecte Borràs i la prohibició d'assistir a manifestacions d'ultradreta a Barcelona. També demana per Chaparro dos anys de presó, 4.860 euros de multa i la prohibició de treballar en el sector educatiu, esportiu o del lleure, per un delicte d'incitació a l'odi i la violència. Alternativament a aquest delicte, demana dos anys de presó, prohibició d'aproximació i d'assistir a manifestacions per un delicte d'amenaces.
El fiscal també demana que els dos acusats indemnitzin Borràs amb 10.000 euros per danys morals. Chaparro va ser condemnat a sis mesos de presó per l'assalt a Blanquerna l'11 de setembre del 2013, pena que el Suprem elevà a quatre anys.

Els fets que Chaparro responsabilitzava a Borràs són l'agressió que van patir uns militants ultres que havien anat el 2013 a l'acte de Montjuïc. Borràs va fer un tuit recomanant que s'anés en  compte donat que hi havia uns ultres a un bar, i unes persones, ara imputades, van decidir anar a agredir-los.  
Jordi Borràs


 TEXT ÍNTEGRE DE L'ESCRIT D'ACUSACIÓ



Fiscalía Provincial de Barcelona
Servicio de Delitos de Odio y Discriminación
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 23 BARCELONA
DILIGENCIAS PREVIAS: 2637
AÑO: 2015
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN
EL FISCAL, despachando el trámite previsto en el art. 780 de la Lecrim, interesa la apertura de juicio oral ante el Juzgado de lo penal, formulando escrito de acusación respecto a  PEDRO       y JORGE      con base a las siguientes conclusiones provisionales:
PRIMERA:
A) El día 12 de octubre de 2015, con motivo de la celebración del "Día de la Hispanidad", como viene siendo habitual en los últimos años, al margen de las manifestaciones y concentraciones convocadas por partidos políticos inequívocamente democráticos, tuvo lugar una manifestación con punto de partida en la Plaza España a la que asistieron unas 200 personas, convocada, entre otros por el partido político ultraderechista Democracia Nacional” (DN) y su sección juvenil “Democracia Nacional Joven” (DNJ) y apoyada por otros grupos de marcada radicalidad de ámbito ultraderechista como FE Falange, Movimiento Católico Español-Acción Juvenil Española.
            Dicha manifestación se inició sobre las 11.15 horas en la Plaza de España de Barcelona siguiendo su trayecto por la Avenida María Cristina hasta la Plaza de San Jordi en la montaña de Montjuïc, desfilando en tres bloques separados por pancartas. En la cabeza de la manifestación estaba la militancia de la organización Democracia Nacional, seguidos de un segundo bloque  liderado por la organización FE - Falange Española y al final un grupo de Democracia Nacional Joven, asistiendo personas vinculadas policialmente con grupos ultra del fútbol y con antecedentes policiales y penales por hechos violentos, exhibiendo muchos de ellos todo tipo de banderas y camisetas con simbología preconstitucionales y vinculadas a movimientos de extrema derecha y neonazis.
            Entre los asistentes y en la cabecera de la manifestación estaba el acusado PEDRO CHAPARRO, mayor de edad y condenado en sentencia no firme de la Audiencia Provincial de Madrid de fecha 19/02/2016 por delito de desórdenes públicos, delito de daños y falta de lesiones, hechos ocurridos en el centro cultural-librería Blanquerna que la Generalitat de Catalunya tiene en Madrid, el cual como vicepresidente de la formación “Democracia Nacional” y candidato por dicho partido político a las últimas elecciones locales de 2015, era uno de los promotores del acto.
            Junto a dicho acusado estaba también el acusado JORGE D V, mayor de edad y ejecutoriamente condenado por delito de lesiones en sentencia de fecha 26/10/2004, militante de “Democracia Nacional” y que desempeñaba en la manifestación funciones de jefe de seguridad.
            La manifestación estaba siendo cubierta informativamente por diversos medios de comunicación y entre ellos estaba JORDI BORRÁS I ABELLÓ, fotoperiodista y reportero gráfico independiente, siendo colaborador habitual de los diarios digitales La Directa y Nació Digital, entre otros medios de comunicación, y que en los últimos años se ha especializado en la temática de extrema derecha, cubriendo diferentes actos de grupos y colectivos de dicha ideología y habiendo publicado artículos en diferentes medios de comunicación relacionados con la problemática de la extrema derecha española en Cataluña desde una posición crítica y denunciante con dicho movimiento político.
            Mientras el citado periodista desarrollaba libremente su trabajo, el acusado PEDRO CHAPARRO    y que en ese momento se hallaba junto al acusado JORGE d V , persona de fuerte complexión física por su altura, peso y musculatura, guiados en todo momento por su aversión a la forma de pensar del reportero y a la línea editorial de sus publicaciones, actuando con el fin de no sólo impedir que desarrollase su actividad profesional y el libre ejercicio del derecho fundamental a la libertad de información sino también de atemorizarlo con el consiguiente peligro para su integridad física y su seguridad personal, sirviéndose el acusado Pedro Chaprro  de un megáfono, se dirigió a los numerosos asistentes a la manifestación con el fin de exaltarlos y jalearlos al grito de “ahí está el hijo de puta del Jordi Borrás” señalándolo con el dedo al periodista para acto seguido dirigirse ambos acusados físicamente al lugar donde se encontraba el periodista, motivo por el cual se vió obligado a cesar inmediatamente en su trabajo y emprender la huída por ver peligrar su integridad física.
            B:- Finalizada la manifestación, sus asistentes sobre las 12 horas del mismo día realizaron una concentración en la plaza Sant Jordi en Montjuic en la que los diferentes representantes de las organizaciones convocantes realizaron una serie de discursos desde un escenario y ante una concurrencia pública y entre ellos tomo la palabra el acusado PEDRO CHAPARRO   quien ante los 200 asistentes y guiado por el mismo ánimo de rechazo a las ideas del periodista Jordi Borrás i Abelló y con el fin de perturbar su tranquilidad manifestó literalmente entre gritos y aplausos de los allí concentrados:
“Antes de todo quería haceros recordar lo que ocurrió aquí hace dos años. Hace dos años hubo un periodista independentista que se chivó donde se encontraba unos jóvenes nacionales para que los independentistas fueran a apalizarlos (“...hijo de puta, fuera...”), antes en la marcha, antes en la marcha hemos visto por ahí a esta rata  Jordi Borras, os pido a todos (“...fuera...”) que miréis a vuestro lado (“...fuera...”) y si esta que le deis un capón, no muy violento no vaya  a ser que  os vayan a detener, pero darles una buena hostia y que se vaya.
            En su alocución también profirió las siguientes expresiones:
...“Parece que a los señores del partido popular, constitucionalista e independentistas solo les interesa pertenecer a la tiranía que es  la Unión Europea la que somete a una nación entera como la española, que nos mete esta ola de islamistas en forma de refugiados y que va a traer consecuencias terribles (aplausos), por eso aquí decimos REFUGIADOS NO BIENVENIDOS”...
(Aplausos y gritos de “REFUGIADOS NO BIENVENIDOS”)
...“Que podemos esperar de estos políticos traidores (gritos de “…mierda…”) si han permitido un estatuto de Cataluña (gritos de “…hay que ser solidarios…”) si han liberado terroristas de ETA, violadores y pederastas que están en la calle y los han sentado en el parlamento, que podemos esperar de esta caterva de traidores (“gritos de “…pena de muerte, terroristas, paredón, hay que quemarlos a cachos…”). El otro día (gritos de “…fuera los refugiados…”) el ministro, Rafael CATALÁ, estaba mientras por un lado se reúne con Artur MAS y se dan de la mano (gritos de “…traidor…”) y se van de risitas, está lanzando soflamas como que podría aplicar el 155 de la Constitución (gritos de “…quina merda de maricones me cago en la mar…”), aquí lo que hay que aplicar señores es el Estado de sitio, subir aquí  a la Legión española (gritos de “…eso…”) al ejército español, acabar con toda esta gentuza”...
 (Aplausos y gritos de “paredón”)
            Con posterioridad a estos hechos y por personas cuya identidad no ha sido aclarada en la presente causa el periodista Jordi Borrás i Abelló ha sido objeto de una campaña de hostigamiento y amedrantamiento en diferentes perfiles de la red social twitter y con pintadas en diferentes lugares frecuentados por la víctima, usando las siglas de la organización DEMOCRACIA NACIONAL (DN) y DEMOCRACIA NACIONAL JOVEN  todo ello con el fin de señalarle como objetivo:
1.- Tuits publicados con posterioridad a los hechos, acompañados con el con el Hashtag (etiqueta usada para señalar un tema sobre el que gira una conversación) "#JesuisChaparro"
 "@jordiborras ETA mata 9 niños catalanes en hipercor y Vic. Y resulta que su verdugo lo tienen en casa
"JORDI BORRAS = TERRORISTA"
 "Ten calma. Tu juicio y castigo te llegará. Mientras has penitencia."
"Este periodista antiespañol y es amiguete de ETA. Excita a atacar a patriotas. @jordiborras=TERRORISTA"
"Gran trabajo de las juventudes de @DNJbarcelona y @DNJTarragona en la zona del Vallés Oriental. #JeSuisChaparro". Acompañado con fotografías de diferentes pintadas dirigidas al denunciante, con el comentario "Activismo en conjunto DNJ Tarragona en zonas separatistas."
2.- A la vez que aparecían estas publicaciones se localizaron varias pintadas en sitios frecuentados por el fotoperiodista.
-"JORDI BORRAS MORT" (traducción JORDI BORRAS MUERTE) firmada por DNJ localizada en la pared lateral del Ateneu popular "La Màquia" en la población de Gavá (Barcelona) en fecha 24 de octubre de 2015 donde el denunciante tenía que realizar una presentación de un libro.
"Jordi Borràs = Terrorista #JesuisChaparro"  y  "Jordi Borràs juicio y castigo" firmadas por DNJ junto con una cruz celta (símbolo utilizado por grupos neonazis). Estas pintadas fueron localizadas en diferentes locales frecuentados por el denunciante en la población de Granollers (Barcelona) .
        
Los hechos expresados anteriormente y cometidos por ambos acusados han generado en la víctima Jordi Borrás i Abello un sentimiento de temor a posibles acciones violentas que puedan cometerse contra su persona y su familia con incidencia en su vida personal y laboral.
SEGUNDA: los hechos descritos son constitutivos de:
A)   Un delito de coacciones para impedir el ejercicio de un derecho fundamental del art. 172.1 apartado 2º del código Penal.
B)   Un delito cometido con ocasión del ejercicio de Derechos Fundamentales y Libertades Públicas reconocidos en la Constitución del art. 510.1 apartado a) del código Penal cometido por motivos ideológicos.
Alternativamente al delito del apartado B) un delito de amenazas del art. 169.1 apartado 2º del Código Penal.
 
TERCERA: en cuanto a la autoría:
-       Del delito del apartado a) son autores ambos acusados.
-       Del delito del apartado b) es autor el acusado Pedro Chaparro Velacoracho
CUARTA: por lo que respecta a circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, concurre en el delito del apartado a) la agravante genérica de cometer los hechos por motivos ideológicos del art. 22.4 del Código Penal.
No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad penal en el delito del apartado a) como conclusión principal: Como conclusión alternativa y para el caso de que se apreciase el delito de amenazas concurre la la agravante genérica de cometer los hechos por motivos ideológicos del art. 22.4 del Código Penal.
QUINTA: corresponde imponer las siguientes penas:
-       A los acusados Pedro Chaparro  y Jorge del V.  por el delito del apartado a) las siguientes penas:
   Pena de 3 años de prisión.
 Inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el periodo de la condena
   Prohibición de comunicación por cualquier medio o procedimiento con la Jordi Borrás i Abello y de acercamiento a su persona, cualquiera que sea el lugar en el que se encuentre en un radio de 1.000 metros, incluido su lugar de residencia y trabajo, todo ello por tiempo de 5 años.
   Prohibición de asistir a manifestaciones o concentraciones públicas en la ciudad de Barcelona convocadas por las formaciones políticas Democracia Nacional” (DN), su sección juvenil “Democracia Nacional Joven” (DNJ), FE Falange y Movimiento Católico Español-Acción Juvenil Española.
 
-       Al acusado Pedro Chaparro  por el delito del apartado b) como conclusión principal las siguientes penas:
   Dos años de prisión.
   Multa de 9 meses con una cuota diaria de 18 euros y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas (art. 53 CP):
  Inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el periodo de la condena.
   Inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre  por un tiempo superior a 5 años al de duración de la pena de privación de libertad impuesta en la sentencia.
-       Al acusado Pedro Chaparro por el delito del apartado b) como conclusión alternativa para el caso de que se apreciase un delito de amenazas las siguientes penas:
   Dos años de prisión.
Inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el periodo de la condena.
 Prohibición de comunicación por cualquier medio o procedimiento con la Jordi Borrás i Abello y de acercamiento a su persona, cualquiera que sea el lugar en el que se encuentre en un radio de 1.000 metros, incluido su lugar de residencia y trabajo, todo ello por tiempo de 5 años.
   Prohibición de asistir a manifestaciones o concentraciones públicas en la ciudad de Barcelona convocadas por las formaciones políticas Democracia Nacional” (DN), su sección juvenil “Democracia Nacional Joven” (DNJ), FE Falange y Movimiento Católico Español-Acción Juvenil Española.
            A ambos acusados condena en costas.
RESPONSABILIDAD CIVIL: los dos acusados como responsables civiles directos y solidarios indemnizarán conjuntamente a  Jordi Borrás i Abelló  en la cantidad de 10.000 euros por daños morales, cantidad que se incrementará en el interés legal con arreglo a lo dispuesto en el art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento civil vigente.
OTROSÍ I: asegúrense las responsabilidades pecuniarias formándose pieza separada a tal efecto.
OTROSÍ II: en relación a las expresiones amenazantes dirigidas contra el periodista Jordi Borrás i Abelló cometidas en la red social twitter y que obran a folios 56 a 67 de la causa (anexo II del atestado 843607/2015) y en relación también a las pintadas de la misma naturaleza que obran a folios 68 a 76 (anexo III del mismo atestado), este Ministerio Fiscal interesa se deduzca testimonio a los efectos de incoar diligencias previas independientes con el fin de investigar su autoría.
OTROSÍ III: confiérase traslado expresamente al Ministerio Fiscal del escrito de defensa emitido por el letrado del acusado.
OTROSÍ IV: Por parte del Juzgado de lo Penal se dispondrá el día del juicio oral de los medios técnicos adecuados para la reproducción del DVD con las grabaciones de parte de los hechos aportados por la víctima Jordi Borrás a Mossos d’Esquadra y que obra unido en la parte posterior de la portada de la presente causa. A fin de que dicha reproducción se pueda hacer en condiciones óptimas se interesa que la vista del juicio oral pueda desarrollarse en la sala 221 de la Ciutat de la Justicia.
Barcelona a 31 de mayo de 2016
                                                                  EL FISCAL, M.A. AGUILAR

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